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Consulta la información disponible de las soluciones de digitalizaciónque pondrá a tu disposición el programa Kit Digital. La primera convocatoria de ayudas, que verá la luz a principios de 2022, se destinará a pymes de entre 10 y 49 empleados y contará con un presupuesto de 500 millones de euros. Y tendrán un plazo máximo para la firma de los ‘Acuerdos de prestación de Soluciones de Digitalización’ entre las empresas beneficiarias y los ‘Agentes Digitalizadores Adheridos’ de seis meses desde que se les notifique la concesión del ‘bono digital’.
Importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y Segmento
Los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización serán válidos y tendrán efectos una vez realizada la comprobación de la conformidad, por la entidad colaboradora prevista en el artículo 14.1 de esta orden. C) El beneficiario y el Agente Digitalizador Adherido declararán responsablemente que se comprometen a garantizar el cumplimiento del artículo 11 de esta Orden. Cada convocatoria establecerá el modelo de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, conforme a lo establecido en la presente orden y en particular, en el Anexo I sobre el contenido mínimo.
Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
El solicitante deberá acreditar su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud. El procedimiento para la concesión de las ayudas previstas en las presentes Bases se iniciará de oficio mediante la correspondiente convocatoria aprobada por Resolución del órgano concedente, de conformidad con lo previsto en la presente orden. El beneficiario deberá registrar en su contabilidad, en un código autonomoskitdigital.es contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada. Asimismo, deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como conservar las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago y de la aplicación de los fondos recibidos.
Los agentes digitalizadores son los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podrán colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo también representantes voluntarios, así como en las actuaciones de control que se deriven de las mismas. Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario podrá consultar en el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el programa Kit Digital y el catálogo de agentes digitalizadores. Deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”. Se trata de un programa de ayudas para digitalización de pymes que se ha convertido en el más demandado de la historia de España. Tiene el objetivo de digitalizar a empresas de menos de 50 empleados y autónomos de todos los sectores productivos en todo el territorio nacional y contribuir a modernizar el tejido productivo español.
¿Qué incluye el servicio de tramitación?
- La digitalización no depende de una única herramienta.
- A día de hoy, los trabajadores por cuenta propia y pymes que reciban el bono digital tienen un abanico de doce soluciones distintas para invertir el importe de las ayudas.
- Antes de solicitar la ayuda del Kit Digital, es imprescindible disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital.
- Una vez que los autónomos y pymes ya tienen optimizada su página web y las redes sociales, el siguiente paso es apostar por las nuevas tecnologías, como puede ser la Inteligencia Artificial y, en general, las herramientas para automatizar el negocio.
- Además, aparecerás en los resultados de búsqueda de Google y Google Maps 🗺️ para tener mayor visibilidad y posicionarte mejor que tu competencia.
- – La forma de acreditación y calendario de pago para cada fase de la prestación de la solución de conformidad con los requisitos establecidos en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa para la Categoría de Solución de Digitalización.
Y claro, si ya la has pedido anteriormente no puedes volver a pedirla, porque no te van a pagar dos veces para crear la web de tu empresa e implementar las mismas cosas. Expansión de la presencia en internet de la pyme mediante la creación de una página web y/o la prestación de servicios que proporcionen posicionamiento básico en internet. – La referencia al «bono digital» como derecho de cobro de la subvención concedida al beneficiario.
Solicita tu Kit Digital: Nueva Ayuda de 3.000€
El proceso de homologación de proveedores digitalizadores aún no ha finalizado por lo que en este momento no hay empresas homologadas. En breve se podrá consultar el listado de homologados en la web oficial de Acelera Pyme en la que también se puede consultar las bases de convocatoria, resgistrarse y hacer el test autodiagnóstico digital. “Será posible solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica”, explicaron desde Red.es. Con un presupuesto inicial que asciende a 500 millones de euros, los autónomos que cumplan con los requisitos y que, por tanto, resulten beneficiarios del programa, recibirán la cantidad de 2.000 euros. Por ello, desde ATA aconsejan utilizar servicios como el de ciberseguridad de Kit Digital para aumentar el nivel de seguridad en todos los dispositivos de la empresa, incluidos los de los empleados que teletrabajan.
Estas mismas carencias también se identifican en el Informe sobre España del Semestre Europeo 2020, en el que se señalan las importantes diferencias en el uso del comercio electrónico entre las pymes y las grandes empresas, así como la baja adopción de nuevas tecnologías por parte de las pymes, destacando en el uso de inteligencia de datos y acceso a la nube. Por estos motivos, una de las recomendaciones de dicho Semestre Europeo para España señala la importancia de «centrar la inversión en la transición ecológica y digital». ATA realizará todos los trámites burocráticos y justificativos de FORMA GRATUITA para que todos los colegiados que trabajan por cuenta propia puedan obtener la ayuda del programa Kit digital, y además pondrá a su disposición agentes digitalizadores colaboradores que ayudarán a los colegiados a elegir las mejores soluciones para nuestro negocio. ATA pone a disposición de todos los autónomos que la necesiten la página web Al acceder al enlace, el autónomo deberá tan sólo rellenar el formulario haciendo click en "gestionar ayuda". En el formulario se le pide al interesado una serie de datos como pueden ser número de contacto, nombre, apellidos, correo electrónico, teléfono o provincia.
Consejo de Servicios Sociales de Andalucía
La cuenta justificativa simplificada para la segunda fase se compondrá de una memoria que se corresponderá con el formulario digital preestablecido y que incluirá la misma documentación exigible para la primera fase, en su caso actualizada, exceptuando la letra c del apartado anterior. El plazo máximo de presentación de la justificación será de tres (3) meses desde la finalización de cada una de las fases de prestación de la solución, salvo que las convocatorias establezcan un plazo inferior. La justificación de la actividad subvencionada se realizará para cada uno de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, siendo los responsables últimos de la misma los beneficiarios de la subvención.
Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la ayuda concedida, garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad de los beneficiarios y deberá conservarse durante un plazo mínimo de cuatro (4) años, a contar desde el vencimiento del plazo para justificar la ayuda. B) Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias. No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, en los términos del artículo 10 de esta Orden, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.